
El Derecho de Familia es aquel cuyas normas regulan asuntos en los que intervienen miembros de una familia, entendida esta como una institución natural y social.
ASUNTOS DE COMPETENCIA DE LOS JUECES DE FAMILIA
- De la protección del nombre de personas naturales.
- De la suspensión y restablecimiento de la vida en común de los cónyuges y la separación de cuerpos sin perjuicio de la competencia atribuida a los notarios.
- De la custodia, cuidado personal y visitas de los niños, niñas y adolescentes, sin perjuicio de la competencia atribuida a los notarios. y de bienes por mutuo acuerdo
- De la autorización para cancelar el patrimonio de familia inembargable, sin perjuicio de la competencia atribuida a los notarios.
- De la citación judicial para el reconocimiento de hijo extramatrimonial, prevista en la ley.
- De los permisos a menores de edad para salir del país, cuando haya desacuerdo al respecto entre sus representantes legales o entre estos y
quienes detenten la custodia y cuidado personal. - De la fijación, aumento, disminución y exoneración de alimentos, de la oferta y ejecución de los mismos y de la restitución de pensiones
alimentarias. - De las medidas de protección de la infancia en los casos de violencia intrafamiliar, cuando en el lugar no exista comisario de familia, y de los procedimientos judiciales para el restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes.
- De las controversias que se susciten entre padres o cónyuges, o entre aquellos y sus hijos menores, respecto al ejercicio de la patria
potestad y los litigios de igual naturaleza en los que el defensor de familia actúa en representación de los hijos. - De las diferencias que surjan entre los cónyuges sobre fijación y dirección del hogar, derecho a ser recibido en este y obligación de vivir
juntos. - De la revisión de la declaratoria de adoptabilidad.
- De la constitución, modificación o levantamiento de la afectación a vivienda familiar, sin perjuicio de la competencia atribuida a los notarios.

